febrero 02, 2007

Razones para votar NO al estatuto andaluz (III)

PEDIMOS VOTAR NO al nuevo Estatuto de Autonomía porque no queremos que el Estado sea residual en Andalucía. Un Estado que controle menos del 25 por ciento de la administración es inoperante y carece de recursos para cumplir las funciones para las que ha sido concebido. Con los nuevos estatutos el Estado controlará apenas el 12 por ciento de los dineros públicos, y su papel como garante de los derechos de todos los españoles se torna inviable.


Nos oponemos a un Estatuto que se arroga competencias exclusivas en materias que superan el ámbito de Andalucía como el agua, las cuencas hidrográficas, la ganadería y pesca, la estadística, la meteorología o la inmigración. La reforma estatutaria andaluza concede a la Comunidad Autónoma capacidad para participar e incluso fiscalizar la política estatal, pero blinda numerosas competencias en las cuales el Estado no puede intervenir. Pero la Comunidad Autónoma también intervendrá en aquellos supuestos que aún permanezcan bajo competencia estatal.

El procedimiento utilizado es el del “cercado constitucional” atribuyéndose primero a la Comunidad Autónoma la competencia “sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo x de la Constitución”. Si la Constitución establece lo contrario se crean comisiones bilaterales Estado-Autonomía, de igual a igual como si de dos Estados se tratará, en las que la Comunidad Autónoma emitirá informes:

“la Comunidad Autónoma emitirá informe en los procedimientos de autorización de instalaciones de producción y transporte de energía y de redes de abastecimiento que superen el territorio de Andalucía o cuando la energía sea objeto de aprovechamiento fuera de este territorio”

“La Junta de Andalucía participa en la regulación y planificación de ámbito estatal del sector de la energía que afecte al territorio de Andalucía a través de los órganos y procedimientos multilaterales a que se refiere el apartado 1 del artículo 221 del Estatuto” (Art. 49. 3 y 4).

El artículo 221 establece la creación de “órganos y procedimientos multilaterales” entre el Consejo de Gobierno y el Gobierno central.

En resumen, a la Junta le corresponde todo, respetando lo que diga la Constitución, en la seguridad de que la Constitución no dice mucho y concreta menos. El texto constitucional es abierto y fija pocos límites; el nuevo Estatuto es minucioso y prolijo. Cada detalle competencial queda perfectamente delimitado y escrupulosamente anotado de forma que el Estado queda amordazado con, por arriba, una Constitución generosa que legisla muy pocos aspectos concretos, y por abajo, un Estatuto que legisla hasta el derecho al paisaje. A partir de ahora cualquier intento del Estado de modificar el estado de las cosas chocará inevitablemente con las leyes orgánicas de los estatutos.

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