noviembre 23, 2007

Ponentes de sociedad.es - Ángel de la Fuente (y VII)

Ángel de la Fuente Moreno, profesor asociado en el Departamento de Economía e Historia Económica de la Universidad Autónoma de Barcelona, impartirá la conferencia "La financiación de la comunidades autónomas: problemas y propuestas de reforma" en la Jornada «Modelo de Estado» de sociedad.es (Madrid, 24 de noviembre de 2007).

Fragmentos de un artículo de Ángel de la Fuente publicado en Cinco Días:

El principio de igualdad exige que los ciudadanos españoles paguen impuestos y perciban prestaciones sociales en función de sus circunstancias personales y económicas y no de su lugar de residencia, y que todos ellos tengan acceso a un nivel similar de servicios públicos a igualdad de obligaciones fiscales. El principio de autonomía, por su parte, requiere que los Gobiernos regionales dispongan del margen de maniobra necesario para adecuar su oferta de bienes y servicios públicos a las necesidades y preferencias de su población. No tendría sentido establecer Gobiernos regionales si luego los obligamos a todos a hacer exactamente lo mismo.

Aunque existe una cierta tensión entre estos dos principios, el conflicto entre ellos es más aparente que real. Así, la garantía de igualdad de acceso a los servicios públicos no debe entenderse como la uniformidad total entre regiones en términos del nivel de prestaciones ofrecido en cada servicio determinado, sino como una garantía de igualdad de recursos que pueden después financiar ofertas diversas con el fin de acomodar demandas diferenciadas territorialmente. Por tanto, el principio de igualdad no restringe en modo alguno la autonomía de los Gobiernos regionales para decidir libremente la composición de su gasto.

La lógica constitucional es también plenamente compatible con la existencia de desviaciones (al alza o a la baja) en términos de gasto autonómico por habitante, siempre que éstas se financien con recursos propios de cada comunidad. Esto es, una mayor (menor) oferta de servicios públicos en una región determinada no viola el principio de igualdad cuando ésta se ve compensada por un tipo impositivo mayor (menor) que el aplicado en otros territorios -esto es, por tarifas impositivas más elevadas para cada nivel de renta o de consumo, y no sólo por un mayor 'esfuerzo fiscal' en el sentido en el que en ocasiones se interpreta esta expresión-.

Lo que sí entra en conflicto directo con el principio de igualdad son las enormes diferencias entre territorios en términos de financiación por habitante que el sistema actual permite (y que no se ven compensadas por diferentes cargas tributarias).

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